plano de la casa de Samsa,

plano de la casa de Gregor Samsa, por Nabokov

viernes, 16 de noviembre de 2007

De insula - Bártolo de Sassoferrato (1313-1357)


DE INSULA-Bártolo de Sassoferrato (1313-1357), catedrático en Pisa y Perusa, precursor medieval del derecho internacional público como disciplina diferenciada. De insula, junto con De alluvione y De alveo, integran el De fluminibus seu Tyberiadis.


"La isla* que nace en el mar**-lo que raramente ocurre- pasa a ser propiedad del que la ocupa, cuando se cree que no es de nadie; y la nacida en un río -lo que frecuentemente acontece-, si se encuentra en la mitad del río, se reparte entre aquellos que poseen predios junto a la orilla a una y otra parte del río, según la extensión de cada predio situada junto a la orilla; pero si está más próxima a una de las orillas, es solamente de aquellos que poseen predios e esa parte de la orilla. Ahora bien, si un río se desborda por un lado formando un nuevo río que comienza a correr por otro sitio y, después, este nuevo río se junta más abajo con el antiguo, el campo que, comprendido entre los dos ríos, queda convertido en isla es de aquel de quien era antes."

Este caso está en el Digesto (D. 41, 1, 7, 3) y se trata de un breve texto de Gayo, libro II. [vid. Gai, Inst., II, 70-72,

*Isla (insula: Es un lugar rodeado de agua que, cuando deja de estarlo, deja de ser isla. O también, se llama isla a una casa construida en el mar, que viene a ser como una isla. La palabra insula procede de in salo, esto es, puesta en agua salada, según San Isidoro, así consta en la Glosa de Accursio.

** Que en el mar (Quae in mari). Mar es el conjunto de muchas aguas saladas. Propiamente mar se deriva de amargor, y conviene que se encuentre en gran cantidad, pues, de otro modo, aunque se llame mar no lo es, sino más bien laguna o lago. Así, hablamos del mar de Galilea, al que la Sagrada Escritura se le llama mar, y, sin embargo, es laguna o lago, siendo entonces de derecho privado o público, como lo es un río.


Pero me pregunto, ¿qué se puede decir de aquellas islas y de otros lugares que, aun siendo poseídos y regidos por sus propios habitantes, sin embargo, como acontece en algunos casos, se conceden al ocupante?. Esto ha sucedido en ocasiones por escpecial concesión del Papa o del Príncipe, o de algún otro personaje que posee jurisdicción. Realmente, sobre esta cuestión hay muchos aspectos que considerar. En primer lugar, hay que tener en cuenta que si un territorio es ocupado por muchos, no puede decirse que cada uno individualmente haya ocupado por sí mismo una parte, sino que entre todos o han ocupado todo entero a un mismo tiempo. Además, conviene que todos concurran a la vez: como un rey, un barón, un pueblo o muchos que se ponen de acuerdo para un mismo fin. Bártolo de Sassoferrato (De insula)



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